Entre los suscritos, INSTITUTO ICIS, sociedad común constituida conforme a las leyes de la República de Panamá debidamente inscrita a la Ficha 2023 Rollo 155738334 Imagen 2, celebra el siguiente acuerdo de cláusulas, condiciones y restricciones al realizar cualquier pago en las actividades de capacitación.
PRIMERO: EL INSTITUTO se compromete a brindar a EL (LA) ESTUDIANTE una capacitación profesional y académica de acuerdo con los planes de estudios aprobados por la Universidad de Panamá y/o Dirección Científica del Instituto.
SEGUNDO: La matrícula establecida por EL INSTITUTO es una vez por actividad académica asignada, por tanto, EL (LA) ESTUDIANTE se compromete a pagar el total de la inversión de sus estudios mediante abono correspondientes y mensuales, dividido en una (1) matricula más tres (3) cuotas establecidas hasta completar la cancelación respectiva en el periodo indicado por EL INSTITUTO.
TERCERO: De acuerdo con lo establecido por EL INSTITUTO, este contrato tiene vigencia por año transcurrido para todas las actividades próximas, que son de su interés, dentro de este periodo establecido desde el día en que es aprobado por EL (LA) ESTUDIANTE.
CUARTO:EL (LA) ESTUDIANTE reconoce la figura del FRAUDE y sus consecuencias, por lo que los documentos presentados para formalizar su condición de estudiante o participante son auténticos.
QUINTO:EL (LA) ESTUDIANTE acepta que conoce previamente el monto de la matrícula, inversión de la actividad académica, costo de reimpresión del diploma o certificación.
SEXTO: EL (LA) ESTUDIANTE se compromete a ENCONTRARSE AL DÍA en el pago de sus obligaciones financieras con EL INSTITUTO, de lo contrario, por efectos de gastos administrativos que le ocasiona al INSTITUTO, tendrá que pagar adicionalmente un recargo de diez por ciento (10%) mensual sobre el saldo de la morosidad, antes de la finalización de la actividad. De igual manera EL INSTITUTO puede reservarse le derecho de admisión a las actividades si usted no se encuentra paz y salvo con los pagos correspondientes a la fecha.
SEPTIMO: EL (LA) ESTUDIANTE que entre con descuento promocional acepta y reconoce que mantendrá su descuento, siempre y cuando se mantenga al día en el pago de sus cuotas mensuales, de lo contrario, es consciente que pierde el descuento y que se le adjudicara el recargo establecido en la cláusula anterior.
OCTAVO: EL (LA) ESTUDIANTE acepta que no podrá recibir diploma o certificación alguna por no cumplir con el 80% de asistencia requerida por día de clase y por el total de días de la actividad, también se podrá restringir el derecho a diplomado o certificación por mora en el pago de las obligaciones contraídas con EL INSTITUTO, salvo que haga un arreglo formal de pago con contabilidad; sin embargo, no podrá hacer arreglos de pago, si ha incumplido anteriores arreglos.
NOVENO: EL (LA) ESTUDIANTE acepta que no se le hará reembolso por pagos efectuados de inversión o matricula, si no cumple con las formalidades previas y oportunas de retiro según lo establecido en este documento. Se obliga, además, a cancelarle a EL INSTITUTO los pagos y obligaciones que queden pendientes hasta el momento (mes) que presente su solicitud de retiro. EL (LA) ESTUDIANTE que haya cancelado sus mensualidades por adelantado, podrá solicitar devolución de las mensualidades no vencidas en base a la décima clausula y siempre y cuando haga su solicitud formal. Si desea mantener el saldo restante a favor como un crédito para otra actividad de su interés, el mismo tendrá una vigencia de máximo 1 año (12 meses) a partir de la fecha de solicitud.
DECIMO PRIMERO: A partir del 01 de julio de 2022 entra en vigor que EL (LA) ESTUDIANTE se compromete a mantener su cupo de participación con EL INSTITUTO en el diplomado de su elección, de lo contrario, por efectos de gastos administrativos y bancarios que le ocasiona al INSTITUTO se le descontará el 50% de la matrícula es decir $20 si solo separa con la matrícula o en caso de realizar el pago completo del diplomado se le descontará el valor total de la matrícula, es decir, $40.00 al retirarse antes del inicio del diplomado y adicional al % correspondiente según la fecha de retiro indicado en el párrafo décimo.
Para otras actividades que no sean diplomado se le aplica el párrafo décimo.
DECIMO SEGUNDO: En caso de que EL (LA) ESTUDIANTE incumpla cualquiera de las cláusulas establecidas en este contrato, EL INSTITUTO podrá unilateralmente rescindir el presente contrato y podrá exigir el cumplimiento de este por vía Ejecutiva. En este caso EL (LA) ESTUDIANTE renuncia al domicilio, a la notificación previa y acepta el monto de las sumas liquidas sobre la cual se presente la diligencia.
DECIMO TERCERO: El presente contrato de matrícula entra a regir a partir de la firma y tiene vigencia hasta que se incumpla con alguna de las cláusulas arriba descritas, o bien al momento de finalizar la actividad o periodos de 12 meses según lo establecido previamente.
PARRAGRÁFO: Declara el estudiante que a la firma de estas condiciones y restricciones conoce y acepta lo establecido para efectos de ingreso, costo de matrículas y costo de las actividades, los cuales le han sido informados a los estudiantes de EL INSTITUTO.